Revisor Fiscal según el Código de Comercio: artículos 203 y 207 explicados
La figura del Revisor Fiscal es una de las más importantes dentro del control empresarial en Colombia. No se trata únicamente de un contador que firma estados financieros o declaraciones tributarias. Su papel tiene una base legal clara y está regulado, entre otras normas, por el Código de Comercio.
Dentro de esta regulación, los artículos más consultados son el artículo 203, que señala qué sociedades están obligadas a tener Revisor Fiscal, y el artículo 207, que define sus principales funciones.
- ¿Qué dice el artículo 203 del Código de Comercio?
- ¿Qué significa esto para una empresa?
- ¿Qué dice el artículo 207 del Código de Comercio?
-
Artículo 207 explicado en palabras simples
- 1. Verificar que la empresa cumpla sus estatutos y decisiones internas
- 2. Informar irregularidades
- 3. Colaborar con entidades de inspección y vigilancia
- 4. Revisar la contabilidad, actas y soportes
- 5. Inspeccionar los bienes de la sociedad
- 6. Solicitar informes e impartir instrucciones
- 7. Firmar balances con dictamen o informe
- 8. Convocar reuniones extraordinarias
- 9. Cumplir otras funciones legales o estatutarias
- ¿El Revisor Fiscal administra la empresa?
- Diferencia entre el artículo 203 y el artículo 207
- Checklist práctico para empresas
- Conclusión
¿Qué dice el artículo 203 del Código de Comercio?
El artículo 203 del Código de Comercio establece las sociedades que deben tener Revisor Fiscal. De acuerdo con esta norma, están obligadas a contar con Revisor Fiscal: las sociedades por acciones, las sucursales de compañías extranjeras y ciertas sociedades en las que la administración no corresponde a todos los socios, cuando lo soliciten socios excluidos de la administración que representen al menos el 20% del capital.
En términos prácticos, esto significa que deben tener Revisor Fiscal, entre otras:
- Sociedades anónimas.
- Sociedades por acciones simplificadas, cuando les aplique por ley o estatutos.
- Sucursales de sociedades extranjeras.
- Sociedades donde los estatutos o la ley exijan este cargo.
- Sociedades donde un grupo de socios con participación suficiente solicite su designación.
Es importante aclarar que el artículo 203 no es la única norma que puede generar la obligación de tener Revisor Fiscal. La Ley 43 de 1990 también establece que será obligatorio tener Revisor Fiscal en sociedades comerciales de cualquier naturaleza cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año anterior sean iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos, o cuyos ingresos brutos del año anterior sean iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos.
¿Qué significa esto para una empresa?
Una empresa no debe revisar únicamente su tipo societario. También debe analizar:
- Si es sociedad por acciones.
- Si sus estatutos exigen Revisor Fiscal.
- Si supera los topes de activos o ingresos.
- Si pertenece a un sector con regulación especial.
- Si sus socios tienen derecho a exigir el nombramiento del Revisor Fiscal.
Por eso, una sociedad puede no creer inicialmente que necesita Revisor Fiscal, pero quedar obligada por sus activos, ingresos, estatutos o por una norma especial.
¿Qué dice el artículo 207 del Código de Comercio?
El artículo 207 del Código de Comercio define las funciones del Revisor Fiscal. Esta norma establece que el Revisor Fiscal debe vigilar que las operaciones de la sociedad se ajusten a los estatutos y a las decisiones de los órganos sociales; informar irregularidades; colaborar con entidades de inspección y vigilancia; verificar la contabilidad y las actas; inspeccionar los bienes de la sociedad; ejercer control permanente sobre los valores sociales; autorizar balances con su dictamen o informe; convocar reuniones extraordinarias cuando sea necesario; y cumplir las demás funciones legales o estatutarias compatibles con su cargo.
Dicho de forma sencilla: el Revisor Fiscal tiene una función de fiscalización, control, vigilancia y aseguramiento sobre la actuación de la sociedad.
Artículo 207 explicado en palabras simples
1. Verificar que la empresa cumpla sus estatutos y decisiones internas
El Revisor Fiscal debe revisar que las operaciones de la sociedad estén alineadas con los estatutos, las decisiones de la asamblea, la junta de socios y la junta directiva, cuando exista.
Esto no significa que administre la empresa, sino que verifica si la administración está actuando dentro del marco aprobado.
2. Informar irregularidades
Si encuentra irregularidades en el funcionamiento de la sociedad o en el desarrollo de sus negocios, debe informarlas oportunamente y por escrito a quien corresponda: asamblea, junta de socios, junta directiva o gerencia.
Esta función es clave porque el Revisor Fiscal no debe guardar silencio frente a situaciones que puedan afectar a la empresa, a los socios, a terceros o al cumplimiento legal.
3. Colaborar con entidades de inspección y vigilancia
El Revisor Fiscal debe atender los requerimientos de entidades como la Superintendencia de Sociedades, DIAN u otras autoridades competentes, según el tipo de entidad y el sector económico.
Esto implica rendir informes, entregar explicaciones y colaborar cuando la autoridad lo solicite.
4. Revisar la contabilidad, actas y soportes
Una de sus funciones principales es verificar que la contabilidad se lleve regularmente, que las actas estén debidamente elaboradas y conservadas, y que los soportes de las operaciones estén organizados.
Por eso, su trabajo no se limita al cierre del año. Debe existir una revisión periódica y documentada.
5. Inspeccionar los bienes de la sociedad
El Revisor Fiscal puede inspeccionar los activos de la empresa y verificar que existan medidas de conservación y seguridad sobre los bienes propios o los que estén bajo custodia de la sociedad.
Esto es especialmente importante en empresas con inventarios, maquinaria, vehículos, efectivo, activos fijos o bienes de terceros.
6. Solicitar informes e impartir instrucciones
El Código de Comercio le permite solicitar informes y practicar inspecciones para mantener un control permanente sobre los valores sociales.
En la práctica, esto le permite pedir documentos, soportes, conciliaciones, libros, auxiliares contables, actas, contratos y demás información necesaria para cumplir su labor.
7. Firmar balances con dictamen o informe
El Revisor Fiscal debe autorizar con su firma los balances cuando corresponda, acompañados de su dictamen o informe. El Código de Comercio también establece que el Revisor Fiscal debe ser contador público y que ninguna persona puede ejercer el cargo en más de cinco sociedades por acciones.
Esta firma no debe verse como un trámite. Implica responsabilidad profesional sobre el trabajo realizado y sobre las conclusiones emitidas.
8. Convocar reuniones extraordinarias
Cuando lo considere necesario, el Revisor Fiscal puede convocar a la asamblea o junta de socios a reuniones extraordinarias.
Esta facultad es importante cuando existen situaciones relevantes que deben ser conocidas por los socios o accionistas.
9. Cumplir otras funciones legales o estatutarias
Además de las funciones expresamente señaladas en el artículo 207, el Revisor Fiscal debe cumplir las demás atribuciones que le asignen la ley, los estatutos o la asamblea, siempre que sean compatibles con la naturaleza de su cargo.
¿El Revisor Fiscal administra la empresa?
No. El Revisor Fiscal no administra la sociedad ni reemplaza al gerente, contador, junta directiva o representante legal.
Su función es revisar, fiscalizar, advertir, informar y dictaminar. Por eso, debe conservar independencia frente a la administración y evitar asumir tareas que puedan comprometer su objetividad.
Diferencia entre el artículo 203 y el artículo 207
| Artículo | Tema principal | Responde a la pregunta |
|---|---|---|
| Artículo 203 | Obligación de tener Revisor Fiscal | ¿Qué sociedades deben tener Revisor Fiscal? |
| Artículo 207 | Funciones del Revisor Fiscal | ¿Qué debe hacer el Revisor Fiscal? |
El artículo 203 define cuándo nace la obligación de tener Revisor Fiscal. El artículo 207 explica qué debe hacer ese Revisor Fiscal una vez ha sido nombrado.
Checklist práctico para empresas
Antes de cerrar el año o renovar sus órganos de control, una empresa debería revisar:
- Si está obligada a tener Revisor Fiscal por el Código de Comercio.
- Si supera los topes de activos o ingresos de la Ley 43 de 1990.
- Si sus estatutos exigen Revisor Fiscal.
- Si el Revisor Fiscal fue nombrado correctamente por el órgano competente.
- Si está inscrito en Cámara de Comercio cuando aplique.
- Si cuenta con tarjeta profesional vigente.
- Si está emitiendo informes, dictámenes y comunicaciones por escrito.
- Si conserva papeles de trabajo y evidencia suficiente de su labor.
Conclusión
Los artículos 203 y 207 del Código de Comercio son fundamentales para entender la revisoría fiscal en Colombia.
El artículo 203 permite identificar qué sociedades están obligadas a tener Revisor Fiscal. El artículo 207 establece las funciones que debe cumplir este profesional dentro de la sociedad.
En la práctica, la revisoría fiscal no debe entenderse como una simple firma. Es un órgano de control que exige independencia, criterio profesional, revisión permanente y documentación adecuada. Para las empresas, cumplir correctamente con esta figura ayuda a reducir riesgos legales, contables, tributarios y administrativos.
